EFE/ I.A
Jueves, 21 de diciembre 2017, 23:50
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El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado un decreto por el que fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2018 en la comunidad autónoma.
El decreto establece que serán días inhábiles, además de los sábados y domingos, los festivos del 1 de enero, Año nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 29 de marzo, Jueves Santo; 30 de marzo, Viernes Santo; y 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
A ello se unen el 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 8 de septiembre, Día de Extremadura; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, y 25 de diciembre, Natividad del Señor, según la reseña de los acuerdos.
Además, serán inhábiles los días de descanso laboral de las respectivas fiestas locales determinados legalmente. Así en Monesterio lo serán también los días 15 de mayo, Día de San Isidro y 8 de septiembre, con motivo de las Fiestas Locales en Honor a la Virgen de Tentudía.
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